Última revisión: 2026-10-17 · Fuentes oficiales enlazadas

Plazos del pago único: el orden que no puedes saltarte

El error más caro al capitalizar el paro es darse de alta como autónomo antes de pedir el pago único. Este es el calendario correcto según la normativa.

1. Primero, la solicitud

Puedes pedir el pago único junto con la prestación o en cualquier momento posterior, mientras te queden al menos 3 mensualidades (RD 1044/1985, art. 3.1). La solicitud debe tener fecha anterior al inicio de la actividad y al alta en la Seguridad Social (art. 34 LETA, regla 3ª).

2. La resolución: 15 o 30 días

El SEPE resolverá, teniendo en cuenta la viabilidad del proyecto, en 15 días si lo pediste junto con la prestación, o en 30 días si lo pediste después (RD 1044/1985, art. 3.2).

3. Después, el alta y el inicio: un mes

Una vez cobrado, tienes un mes para iniciar la actividad y darte de alta en el régimen que corresponda (RD 1044/1985, art. 4.1). Además, debes presentar los justificantes de la inversión. Si no lo haces, se presume que el dinero no se ha destinado a la actividad y deberás devolverlo (art. 7).

MomentoQué hacesNorma
Día 0Presentas la solicitud con la memoriaRD 1044/1985, art. 3.1
Hasta día 15 o 30El SEPE resuelveRD 1044/1985, art. 3.2
Mes siguiente al cobroAlta, inicio de la actividad y justificantesRD 1044/1985, arts. 4 y 7
5 añosMantener la actividad para la exención en el IRPFInformación del SEPE

Casos especiales

¿Y la cuota de autónomo?

Si eliges la modalidad mixta, la parte no capitalizada puede destinarse a subvencionar tus cuotas. Consulta en la Seguridad Social la cuota reducida vigente para nuevos autónomos antes de hacer tus previsiones.

Comprueba tus plazos y requisitos gratis

¿Quieres saber si cumples y cuánto podrías recibir? Compruébalo gratis