El límite del 15 % del pago único
El artículo 34 de la Ley 20/2007 permite destinar parte de la prestación capitalizada a pagar servicios específicos de asesoramiento, formación e información relacionados con la actividad, con un límite: el 15 % del importe capitalizado.
Qué entra en el 15 %
La plantilla oficial del SEPE agrupa en «servicios específicos» los gastos de:
- Asesoramiento: gestoría, asesoría fiscal y laboral iniciales, consultoría.
- Formación: cursos relacionados con la actividad.
- Información y publicidad: campañas de lanzamiento.
Las inversiones en equipos, mercaderías, licencias, la reforma del local o la web van en otras categorías y no cuentan para este límite.
Ejemplo de cálculo
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Prestación pendiente: 420 días × 38,50 € | 16.170,00 € (bruto) |
| Valor actual estimado al 3,25 % | ≈ 15.846 € |
| Límite del 15 % | ≈ 2.377 € |
| Curso de especialización + publicidad local | 1.090 € → cumple |
Si en lugar de 1.090 € hubieras presupuestado 3.000 € en publicidad y asesoría, el exceso (≈ 623 €) no se concedería: tendrías que pagarlo con fondos propios o recortarlo.
El importe exacto lo calcula el SEPE. Nuestra herramienta lo estima con el interés legal del dinero vigente y te avisa si superas el límite.
Consejos
- Pide presupuestos separados para cada servicio.
- No mezcles en el mismo concepto equipos y formación.
- Si superas el 15 %, indica en la memoria cómo financiarás el exceso.
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